En España se entiende por intermediación en adopción internacional toda actividad que tenga por objeto intervenir poniendo en contacto o en relación a las personas que se ofrecen para la adopción con las autoridades, organizaciones e instituciones del país de origen o residencia del menor susceptible de ser adoptado.
Las funciones definidas por la Ley de Adopción Internacional de España para las ECAIs son las siguientes:
a) Información y asesoramiento a los interesados en materia de adopción internacional.
b) Intervención en la tramitación de expedientes de adopción ante las autoridades competentes, tanto españolas como extranjeras.
c) Asesoramiento y apoyo a las personas que se ofrecen para la adopción en los trámites que necesariamente deben realizar en España y en los países de origen de los menores.
d) Intervenir en la tramitación y realizar las gestiones correspondientes para el cumplimiento de las obligaciones postadoptivas establecidas para los adoptantes en la legislación del país de origen del menor adoptado que le sean encomendadas, en los términos fijados por la Entidad Pública de Protección de Menores española que la haya acreditado.
La Entidad Colaboradora de Adopción Internacional (ECAI) intervendrá únicamente en los términos y en las condiciones establecidas por la Autoridad Competente de la Comunidad Autónoma que la acreditó, y en función de las decisiones que se tomen en el seno del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad a través de la Comisión Interautonómica de Directores Generales encargados de la protección a la infancia.
Una ECAI española, de acuerdo con la Ley de Adopciones Internacionales, no puede garantizar la entrega de un menor para la adopción, sino que su rol está limitado por las autoridades españolas a que presente la documentación según las exigencias del país de adopción, promocione el perfil idóneo de los candidatos y comunique o dé traslado de las notas oficiales a las autoridades que asigna y constituyen la adopción.
La puesta en funcionamiento del sistema de adopción a través de ECAIs, ha supuesto para España colocarse, a nivel internacional, en el segundo puesto como país receptor de adopciones internacionales, por detrás de los Estados Unidos de América.